Autor: Francisco Javier Mendivil Navarro Fecha: 27 de diciembre de 2021 última revisión
DECRETO 43/2001, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Secastilla de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Secastilla, de la provincia de Huesca, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 13 de febrero de 2001,
DISPONGO:
Artículo único.--Se autoriza al Ayuntamiento de Secastilla, de la provincia de Huesca, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
Cuadrilongo de base circular. De plata, un cabrio de gules, resaltado en el centro de una torre de oro, mazonada de sable y aclarada de gules; en los cantones del jefe dos losanges de ángulos rectos, de oro, con dos palos de gules cada uno; en la punta racimo de uva, de púrpura, pendiente de sarmiento con hoja y pámpano, todo de sinople. Al timbre, Corona Real abierta.
Paño blanco de proporción 2/3, con un cabrio azul despuntado e invertido, y sobre su centro una torre amarilla con ventanas rojas.
Zaragoza, 13 de febrero de 2001.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA